martes, 31 de enero de 2017

TODO IMPUTADO TIENE DERECHO A UNA DEFENSA ADECUADA

Jonathan Lovos
Abogado y Notario
San Miguel, El Salvador.





Es de suma importancia, resaltar que la procuración en materia penal, en El Salvador, es una de las que mayor demanda tiene; pero no obstante a ello, para ejercer la postulación en materia penal; el profesional debe de ser idóneo en la materia, es decir no solo cumplir la formalidad de ser Abogado de la Republica; porque el Derecho a la defensa técnica en materia penal, es una garantía de carácter constitucional, que requiere ejercerla con ética, profesionalismo, honestidad y responsabilidad.-

         En vista que la garantía a una Defensa adecuada, comprende la efectiva aplicación de los principios de audiencia y contradicción en el Proceso penal, esto significa, que se le deben de proporcionar las herramientas necesarias al imputado para que esté en condiciones de defenderse adecuadamente, sus derechos ante cualquier Juez en materia Penal.-
         Esto implica, que el Abogado Defensor que asiste al imputado en el desarrollo del Proceso Penal, sea idóneo para el cargo, es decir, que debe de contar con los conocimientos suficientes en materia de derecho penal, para que la actuación del referido profesional sea eficiente. Esto significa que el defensor está en la obligación legal, de llevar a cabo las acciones procesales legales y necesarias, para alcanzar el correcto esclarecimiento de cómo sucedieron los hechos que sirvan como herramientas para absolver de cualquier responsabilidad penal que se le señale a un ciudadano determinado.


¡Recomendación! Si te encuentras inmerso en un proceso penal, siempre considera la asistencia de  un abogado que cuente con los conocimientos especializados en materia penal, para que pueda realizar una correcta defensa técnica ante el Juez en materia Penal, porque las procuraciones temerarias en materia penal le ocasionan graves consecuencias a las personas que se le imputa un delito.



 Danos tu Opinión notariadoabogadoslex@gmail.com
Siguenos en Facebook  @abogadoslexsv

viernes, 27 de enero de 2017

110 Paises donde los Salvadoreños podemos viajar sin Visa

                        


¿Alguna vez te preguntaste a que paises podias viajar sin necesidad de utilizar una visa de turismo, trabajo o algun otro permiso?, pues nos dimos a la tarea de investigar algunos de los paises que nosotros como salvadoreños podemos viajar sin necesidad de un permiso previo, ¡y vaya que nos sorpendimos al darnos cuenta que de los 194 paises que existene n el mundo contamos con 110 donde podemos hacer turismo y por supuesto disfrutar de unas merecidas vacaiones.

El sitio web Passport Index ha publicado información sobre los pasaportes del mundo a través de un ránking con los mejores para viajar. La clasificación se hace en base a puntos, los cuales se van adquiriendo cada vez que se permite viajar a otro país sin visado.


En otras palabras, cuantos más países se pueden visitar sin visa, más alta es la clasificación del pasaporte.
Dentro de ese ránking, nuestro pasaporte ocupa el lugar 37 ya que, de acuerdo al sitio, se puede viajar 97 países.
Dentro de los países que permiten la estadía sin necesidad de visado, se encuentran Alemania, España, Italia; Francia, Grecia, Hungría; Polonia, Suecia o Suiza, lo cuales pueden ser visitados en un espacio de 90 días.
Otras zonas de Europa, como el Reino Unido, permiten la visita sin visado durante 6 meses.
Mientras tanto, países como Bahamas, Argentina o Japón, le permiten la entrada sin visa a un salvadoreño por un máximo de tres meses.
Este ránking de los pasaportes “más poderosos”, está liderado por el Reino Unido y Estados Unidos, que se ubican a la cabeza con 147 puntos
¡¿Que esperas?! Arma tu maleta y comieza a viajar por el mundo.

martes, 24 de enero de 2017

NO ABUSAR DE LA VISA DE TURISMO Y NEGOCIO (Visa B1 y B2)

Bryan Lovos
Asesor Migratorio
San Miguel, El Salvador



Es de mucho interés, desarrollar este tipo de contenidos, en vista que se está viendo el fenómeno, que muchas personas les están cancelando sus visas de Negocio y Turismo B1B2, y todo es a consecuencia del mal uso que se le está dando a la respectiva visa.

Y es por ello, que en este blog; se pretende dar pequeños consejos de cómo usar y como no debes de abusar de tú visa de Negocios y Turismo B1B1 en los Estados Unidos de América.

En vista que muchas personas se les aprueba su visa de turista que es la B2, y junto a esa visa el gobierno de los Estados Unidos de América, les aprueba su visa B1 que es la de visitante de negocios. Y razón a ello que conjuntamente se aprueba la muy conocida visa de Turismo y Negocios B1B2.

Es por ello que la visa de Turismo B2, les permite a las personas llegar a los Estados Unidos de América, con la que puede justificar al oficial de inmigración, que su motivo de viaje es para visitar el país con fines de vacaciones, por visitar a sus familiares, visitar amigos o ir de compras, en síntesis hacer cosas que estén relacionadas al turismo.

Y en cuanto a la visa B1 que es de Negocio que le comente al inicio de este ensayo, es  que le permite a las personas ya sean estas profesionales o empresarias ir a Estados Unidos de América a constituir oportunidades de negocios, donde les permite poder alquilar un local, abrir cuentas bancarias y entre otros.

Lo que no permiten esta visa de Turismo y Negocios B1B2; es que los visitantes se queden a vivir en los Estados Unidos de América, cuando ostenta una visa que solo les permite permanecer un corto tiempo en los Estados Unidos de América, aunque su motivo de viaje haya sido de negocio o turismo.

Y el problema se da, que los visitantes cuando ingresan a los Estados Unidos de América, se confunden cuando el Oficial de Inmigración les autoriza una permanencia de aproximadamente de seis meses que el visitante de negocio o turismo pueda salir del país.
Es ahí, es donde muchas personas erróneamente interpretan ¡ah bueno, el gobierno de los Estados Unidos de América me autorizo seis meses, yo me quedo cinco meses y me salgo en un mes y posteriormente retorno otro cinco meses!; Y ahí comenten el error que empiezan a inscribir a sus hijos a la Escuela, empiezan a laborar y todo ello lo hacen con una Visa de visitante de turismo y negocios.

Pero cuando se da cuenta el gobierno de los Estados Unidos de América, de estos abusos que se le está dando a la visa B1B2, el oficial de inmigración los comienza a cuestionar cuando intentan retornar a ingresar a los Estados Unidos de América, y ahí, el oficial de inmigración tiene la facultad de poder cancelarle su visa porque la persona ha estado residiendo en los Estados Unidos de América, y como más grave puede hasta Deportarlo por haber estado abusando de la visa B1B2.

Es por ello, que si las intenciones del visitante es quedarse a vivir o residir en los Estados Unidos de América, el gobierno ofrece otros mecanismos legales que no son los de la visa de turismo y Negocio B1B2. Porque existe un catálogo de visa que le permiten a la persona residir en los Estados Unidos de América, como podemos mencionar, las Visa de Inversionista, Visa de Importador y Exportador, la visa de empleo, y entre otro tipo de visa que les permite a las personas poder vivir en los Estados Unidos de América y hacer las cosas como se deben de hacer.

Y asimismo, es muy importan dejar claro que otra cosa que un Visitante con visa de Turismo y Negocio B1B2, No puede hacer es cobrar un Salario; eso, no está permitido, como subsidiariamente no se permite trabajar;  porque para poder recibir esas prestaciones la persona debe ostentar una visa de las que anteriormente estuve mencionando.


Es por ello, que si quiere conocer de las opciones legales que usted posee, para poder residir en los Estados Unidos de América, y así, no estar abusando de su visa de Turismo y Negocio B1B2, y hacer las cosas como el gobierno de los Estados Unidos de América las permite; entonces contáctenos, búsquenos en nuestras redes sociales, o a los lugares de comunicación que hemos designado, que estaremos muy dispuesto a corresponder sus inquietudes de una forma profesional, para brindarles las estrategias legales para que su persona pueda solventar su estatus legal en los Estados Unidos de América.