lunes, 30 de mayo de 2016

MEDIDAS A TOMAR PARA APROBAR LA VISA DE TURISMO

Jonathan Lovos
Abogado y Notario
San Miguel, El Salvador.



La visa de no inmigrante (categoría B1/B2) es para personas que viajan a los Estados Unidos América, de forma temporal. Ya sea para negocios (B1), placer, turismo o tratamiento médico (B2). Por lo general, la visa B1 la utilizan viajeros que van a dar o pedir asesoría a empresas asociadas, asistir a convenciones, conferencias científicas, educativas, profesionales o de negocios, liquidar propiedades o negociar contratos. La visa B2 es para viajes que son recreacionales por naturaleza, incluyendo turismo, visitas a familiares o amigos, tratamiento médico y actividades de naturaleza fraternal, social o de servicio.  Con frecuencia, las visas B1 y B2 están combinadas y emitidas como una sola visa la B1/B2.

                   Habiendo explicado brevemente el tipo de visa de placer, y Si usted solicita una visa B1/B2, debe demostrar al oficial consular que usted califica para una visa a los Estados Unidos de acuerdo al Acta de Inmigración y Nacionalidad (INA). La Sección 214(b) del INA supone que todo solicitante de visa B1/B2 es un posible inmigrante.

Y de ahí es que sobreviene la interrogante, como puedes superar esa presunción legal, que considera que todo solicitante es un posible inmigrante de los Estados Unidos de América?.

        Razón a ello, es que queremos dar unas pequeñas pinceladas de ayudas para poder superar esa ficción legal, de la siguiente forma:

v  Usted debe superar esa presunción legal demostrando:

  •  Que el propósito de su viaje a los Estados Unidos es para una visita temporal, como por negocios, placer o tratamiento médico.
  • Que usted ha planificado permanecer en los Estados Unidos por un periodo limitado de tiempo.
  • Evidencia de fondos para cubrir sus gastos mientras permanezca en los Estados Unidos.
  • Que usted tiene residencia fuera de los Estados Unidos, así como otros lazos familiares, sociales, laborales, económicos y patrimoniales, que van a asegurar su regreso al final de su visita.

v  Usted debe de contar con Documentos de soporte Necesario para su solicitud:

Los documentos de solvencia son solo uno de varios factores que el oficial consular va a considerar durante su entrevista. Los oficiales consulares analizan cada solicitud de forma individual y consideran, entre otros, factores profesionales, sociales y culturales.

 Los oficiales consulares pueden analizar sus intenciones específicas, situación familiar, sus planes y proyectos a largo plazo dentro de su país de residencia. Cada caso es examinado de forma individual y se le concede todas las consideraciones de ley.


¡Advertencia! No presente documentos falsos. El fraude o la presentación de documentos falsos pueden dar lugar a una inelegibilidad permanente para la visa. Si le preocupa la confidencialidad, usted debe presentar a la Embajada sus documentos en un sobre sellado. Los solicitantes deben abrir los sobres frente al oficial consular y pasar los documentos debajo de la ventanilla. La Embajada no pondrá su información a disposición de nadie y respetará la confidencialidad de su información.

Danos tu Opinión: notariadoabogadoslex@gmail.com
Siguenos en Facebook  @abogadoslexsv

jueves, 19 de mayo de 2016

LA SEGURIDAD JURIDICA NOTARIAL.

Jonathan Lovos
Abogado y Notario
San Miguel, El Salvador.




Es de mucho interés, abordar este tipo de contenidos, porque la credibilidad notarial se está hiendo al declive, por causa de la mal praxis profesional, donde la gran mayoría de la población ya no siente seguridad en la fe pública, que otorga un Notario.

Partiendo de la premisa, que el ideal primordial de un Notario, es que los ciudadanos gocen del más alto grado de seguridad Jurídica en los actos y contratos que realizan ante sus oficios. En su sentido formal, podemos sustentar que dicha premisa, puede configurarse siempre y cuando las funciones y otorgamientos donde de fe, el Notario sea en base a las reglas Jurídicas previamente establecidas.

Partiendo de un bagaje fenomenológicos de valores éticos, morales y jurídicos; que se inmerge la función Notarial. Vale muy bien preguntarnos.

¿Por qué no debo de temer de las actuaciones de un Notario?
¿Qué me da la certeza y seguridad jurídica que el instrumento notarial, no me hará perder mis propiedades o en su defecto mi dinero?

En harás de pretender darle solución a la primer inquietud, es que podemos iniciar argumentando, que la Función Notarial, la seguridad jurídica tiene el mayor sitial, pues, porque la misión primordial es de dotar de seguridad a las relaciones jurídicas; partiendo que dichas relaciones se medían por medio de la Voluntad de las partes, es ahí donde la intermediación del Notario, debe de armonizar la voluntad de las partes con la norma Jurídica; para que los actos y contratos no adolezcan de algún tipo de vicio, que sirva como un elemento jurídico de poder impugnar una fe pública Notarial, ante una autoridad judicial.

         Ese es el punto de partida en la construcción del camino de la seguridad jurídica. Es decir la rogación, es una figura central en la aportación del Notario a la seguridad jurídica. Porque acá se trata de respetar la libertad de contratación, mediante la cual, en el ejercicio de la voluntad, se pactan contratos a partir del encargo, de la petición rogada.

Asimismo, no quiero dejar ir por alto la segunda inquietud, porque uno de los aspectos más relevantes en la función notarial, en sus aportaciones a la seguridad jurídica, es facilitar la actividad económica de la sociedad. No solo en la protección de los derechos patrimoniales de las personas naturales y jurídicas, sino la certidumbre jurídica que la institución Notarial otorga al funcionamiento del mercado. En el sentido de las facilitaciones que la función notarial realiza a favor de las transacciones mercantiles.

Y en una forma sintetizada, podemos mencionar las principales contribuciones directas a la seguridad económica y patrimonial que se garantiza con la intervención de un Notario ético, diligente y probó; las cuales menciono a continuación:

a)    Garantiza legalidad y valides jurídica: Es decir que cuando se hacen negocios, no se puede correr el riesgo de descubrir una falta de legalidad que produzca ineficacia del acto o contrato celebrado.

b)   Realiza gestiones previas y posteriores: es de señalar que el Notario debe de garantizar la legalidad y vigencia de los derechos de propiedad y corporativos que se ejercen.

Es decir, ya de una forma conclusiva; que esta delicada labor del Ejercicio de la Función Notarial, va en busca de obtener una labor correcta y vigente configuración de Instrumentos Notariales, que sirva como un bastión o garantía adicional para los intereses de los usuarios o mejor dicho de la sociedad misma. Porque obteniendo una correcta función notarial se contribuye indirectamente con la administración de Justicia, para evitar litigios judiciales ocasionados por la mal praxis notarial.-





 Danos tu Opinión notariadoabogadoslex@gmail.com
Siguenos en Facebook  @abogadoslexsv